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  • Foto del escritorJorge Alamán

Impuesto a los ricos

Hacienda permitirá que los altos patrimonios de Madrid y Andalucía paguen menos en el impuesto a los ricos.

La redacción beneficia a los contribuyentes de las regiones que bonifican Patrimonio.


Hacienda ha elevado esta semana a audiencia pública la orden ministerial que da forma al impuesto de solidaridad sobre las grandes fortunas, un gravamen que trata de neutralizar las bonificaciones autonómicas en Patrimonio y cuya liquidación se producirá entre el 1 y el 31 de julio de este año sobre la riqueza declarada en 2022. El texto elaborado por el departamento que dirige María Jesús Montero no corrige un supuesto error en la redacción inicial del impuesto que abría la puerta a que los contribuyentes de las comunidades que aplican descuentos pagasen algo menos de lo inicialmente previsto.

Todo parte del escudo fiscal que pueden utilizar los altos patrimonios para reducir su base imponible. Es el conocido como límite conjunto, una salvaguarda que implica que la cuota íntegra del pago del IRPF, Patrimonio y el impuesto a los ricos no podrá exceder del 60% de la suma de las bases imponibles del IRPF, con una reducción máxima en la cuota del 80%. En esencia, es un diseño pensado para evitar el carácter confiscatorio y no penalizar a contribuyentes de alto patrimonio pero con rendimientos mínimos.

El problema en este punto se encuentra en la redacción del impuesto y en el modelo de declaración, que establece que a la hora de calcular el gravamen se tendrá que tomar como referencia la cuota de IRPF y Patrimonio. Sin embargo, al no concretarse qué cuota era la que había que elegir, se abre la puerta a varias interpretaciones.

Tal y como explica Francisco González, director de asesoramiento patrimonial de A&G Banca Privada, los contribuyentes de comunidades con bonificación autonómica podrían haber tomado como referencia la cuota simulada. Es decir, si se escoge la cuota íntegra teórica en vez de la que está bonificada, los grandes contribuyentes podrían descontarse la parte proporcional que tendrían que abonar si las regiones no aplicasen rebajas en Patrimonio, el gravamen tradicional.

En el nuevo modelo, que está en audiencia pública, Hacienda mantiene ese error inicial en la redacción del impuesto. “Ahora queda claro que no hay que tomar la cuota en teoría pagada en comunidades como Madrid, sino el total de la cuota íntegra, lo que habría que abonar si la comunidad no tuviese una bonificación del 100%”. En concreto, añade, “se nos dice que hay que tomar como referencia la casilla 40 de Patrimonio, que es la cuota íntegra”.

En el mismo sentido se sitúa Luis Ernesto Guerrero, abogado del área fiscal de Broseta: “El proyecto de Orden ministerial, despejaría la incógnita de qué cuota del impuesto sobre el patrimonio debe consignarse en el apartado relativo al límite conjunto del propio Modelo de declaración del nuevo impuesto”. Con ello, añade, se estaría validando una interpretación literal del artículo, es decir, que cuando se menciona cuota, “se refiere a la cuota íntegra del Impuesto sobre el Patrimonio, ya que la redacción es una copia de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio”.

Con todo, recuerda, el proyecto todavía puede modificarse. En este caso, cabría plantearse la impugnación de las autoliquidaciones en base a dicha interpretación además de las cuestiones sobre su posible inconstitucionalidad.

De este diseño pueden aprovecharse especialmente los contribuyentes de Madrid, la única región que tenía descuentos totales en el impuesto en 2022. En el año 2023 se sumarán los altos patrimonios de Andalucía, ya que la comunidad ha comenzado a bonificar Patrimonio en este ejercicio. En menor medida, también pueden sacar provecho los grandes patrimonios de Galicia (con una bonificación del 25% en 2022 que ha pasado al 50% en 2023).

Tanto González como el resto de asesores patrimoniales y fiscales estaban pendientes de ver qué sucedía finalmente con este desliz. El error lo dio a conocer Esquerra Republicana de Catalunya a través de una enmienda presentada durante la tramitación parlamentaria del impuesto, una carrera contrarreloj y tortuosa cuyos tiempos no permitieron corregir el fallo. El calendario que manejaba el Gobierno, y que obligaba a aprobar el impuesto antes de que terminase 2022 para poder gravar el patrimonio ya de ese ejercicio, no permitió llegar a tiempo.

El impuesto sobre las grandes fortunas gravará, según los cálculos que maneja el Ejecutivo central, a cerca de 23.000 contribuyentes. Se aplicará esencialmente en Madrid y Andalucía, las únicas regiones que bonifican el impuesto en su totalidad, aunque también tendrá efectos a partir de patrimonios de mucho nivel en otras comunidades que tienen tipos más bajos en el impuesto original.

Afectará a los patrimonios a partir de tres millones de euros, con un mínimo exento de 700.000 euros. El tipo aplicado será del 1,7% entre 3 y 5,3 millones de euros, del 2,1% entre 5,3 y 10,6 millones y del 3,5% para los más adinerados, a partir de los 10,6 millones de euros. Además, de cara a evitar la doble imposición, tendrá una deducción total de la parte abonada en Patrimonio.

Guerra fiscal

Andalucía, como ya ha hecho Madrid, presentará hoy ante el Tribunal Constitucional el recurso contra el nuevo impuesto sobre las grandes fortunas, según confirmó ayer la consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos andaluza, Carolina España, en declaraciones recogidas por Europa Press. Según dijo, el objetivo es defender la “autonomía financiera” y el “autogobierno” de la Junta ante un Gobierno que quiere “cortar las alas de Andalucía”. La pasada semana, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, aseguró sin embargo que el impuesto es “justo” y entra dentro de las competencias estatales, por lo que se mostró segura de que los recursos de inconstitucionalidad no prosperarán. También pidió a las comunidades que aplican descuentos en Patrimonio que expliquen a la ciudadanía por qué dan un regalo fiscal a los ricos en detrimento de los servicios públicos.

Artículo extraído de Cinco Días


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